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En la Unión Europea (UE), los servicios de telecomunicaciones móviles en itinerancia internacional (roaming), es decir, los prestados cuando los usuarios se encuentran en un Estado miembro distinto al de su operador de origen, están regulados con el objetivo de eliminar barreras al uso de estos servicios y favorecer el desarrollo del mercado único digital.
Inicialmente, la regulación europea estableció límites máximos a los precios minoristas de los servicios en itinerancia (llamadas, SMS y datos). Posteriormente, el Reglamento (UE) 2015/2120 introdujo el principio de “Roam Like at Home”, eliminando los recargos por roaming desde el 15 de junio de 2017. En virtud de este principio, los usuarios pueden utilizar los servicios móviles en otros Estados miembros en las mismas condiciones que en su tarifa nacional, sin cargos adicionales.
Este marco ha sido actualizado mediante el Reglamento (UE) 2022/612, que prorroga el régimen de itinerancia regulada hasta 2032 y refuerza el principio de “Roam Like at Home”. Asimismo, refuerza las obligaciones de transparencia de los operadores, que deben proporcionar a los usuarios información más clara y completa sobre las condiciones aplicables y posibles límites de uso razonable, refuerza las garantías de calidad del servicio y el acceso a servicios de emergencia en itinerancia dentro de la UE y el Espacio Económico Europeo.
Los operadores deben aplicar por defecto estas condiciones a sus usuarios, si bien pueden ofrecer tarifas alternativas con el consentimiento expreso del cliente.
Asimismo, la normativa contempla mecanismos para evitar usos abusivos, como el denominado “roaming permanente”, mediante la aplicación de políticas de uso razonable, que permiten imponer recargos regulados una vez superados determinados límites.
En materia de control del gasto, se establece un límite máximo de consumo de datos en itinerancia de aproximadamente 50 euros mensuales (sin IVA), aplicable por defecto salvo que el usuario elija otro límite, así como la obligación de informar cuando se alcance el 80% de dicho umbral.
Por último, la regulación también fija precios mayoristas entre operadores, con el fin de garantizar la sostenibilidad del sistema.
Esta regulación se aplica en el ámbito de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo.